Economía nacional

Ley de Economía del Conocimiento: cuáles son los diez rubros favorecidos

El Ministerio de Desarrollo Productivo informó las normas complementarias y aclaratorias del Régimen de Promoción de la Ley de Economía del Conocimiento.

El Ministerio de Desarrollo Productivo aprobó las normas complementarias y aclaratorias del Régimen de Promoción de la Ley de Economía del Conocimiento. A través de la Resolución 4/2021, la cartera que conduce Matías Kulfas enumeró en detalle las actividades que serán promovidas y cómo serán consideradas las inversiones en capacitación e Investigación y Desarrollo (I+D).

La categorización de empresa por tamaño para recibir los beneficios segmentados se hará en base a criterios de ventas y personal ocupado establecidos por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores. Se estableció que las zonas desfavorables, que tendrán un beneficio adicional de 10% sobre las contribuciones patronales, son San Juan, Tucumán, Catamarca, La Rioja, Entre Ríos, Jujuy, Corrientes, Salta, Misiones, Chaco, Santiago del Estero y Formosa.

Cabe destacar que para ingresar al régimen de promoción, como parte de los requisitos adicionales, los beneficiarios podrán computar lo invertido en los últimos 12 meses o bien el promedio de los últimos 24 meses anteriores a la fecha de su inscripción.

Se detalló cuáles son las inversiones computables para el cumplimiento del requisito adicional, tanto para el concepto de I+D (ejemplo: adquisición de tecnología no incorporada y conocimiento), como para el de capacitación (ejemplo: becas que la empresa otorgue a sus empleados), y cuáles son las erogaciones que no podrán ser computadas.

Describe las tres categorías del concepto de Investigación y Desarrollo (I+D): investigación básica (generar un nuevo conocimiento principalmente abstracto sin una finalidad previa); aplicada (generar un nuevo conocimiento, producto, servicio u obra intelectual con una finalidad previa o destino); experimental (fabricación o puesta a punto de un prototipo o piloto, modelo original de un conocimiento, producto o servicio u obra intelectual que incluye todas las características).

Se fijan los incrementos porcentuales de los requisitos adicionales para la revalidación bienal de la pertenencia al régimen. Las empresas beneficiarias tienen que ir aumentando la inversión cada dos años y el porcentaje se diferencia según el tamaño de la empresa y el tipo de inversión.

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