Entrevistas

Entrevista. Ricardo Nissen. Ex titular de la Inspección General de Justicia

"Las offshore viven como Drácula en el mundo jurídico"

Ricardo Nissen, ex titular de la Inspección General de Justicia (IGJ) y profesor de derecho comercial en la UBA, es tajante cuando es interrogado sobre la naturaleza de las sociedades offshore.

“En mi libro (Los argentinos, las sociedades offshore y los Panamá Papers, de pronta aparición) sostengo que ese tipo de sociedades han sido siempre el instrumento de evasión y elusión de obligaciones tributarias. Ya sea las derivadas del régimen sucesorio, los deberes de asistencia familiar, la división del patrimonio de la sociedad conyugal, la responsabilidad ante los acreedores, la manipulación de los procesos concursales y todo tipo de simulación y fraude a los derechos de terceros. Por eso, considero acertada la definición de un reconocido profesor universitario cuando dice que las offshore viven como Drácula en el universo jurídico; o sea, a la sombra de las leyes”, advierte Nissen en uno de los despachos de su estudio jurídico ubicado en la zona de Tribunales cuando comienza el diálogo con SES América Latina.

El gobierno de Cambiemos justifica a sus funcionarios denunciados por su patrimonio radicado en guaridas fiscales aduciendo que la conformación de una sociedad offshore no constituye un delito. ¿Qué piensa al respecto?

La constitución de una sociedad offshore es un acto ilícito. Así lo estipulan los artículo 19 y 124 de la Ley de Sociedades, y las normas de la Inspección General de Justicia que, precisamente, cierran la posibilidad de inscribir ese tipo de figuras en el Registro Público. El carácter ilícito de las offshore no puede ponerse en duda.

Es decir, son un instrumento para consumar un delito financiero; entonces, el gobierno no puede equiparlas a la colocación de dinero en un plazo fijo o en un fondo de inversión. Un funcionario tampoco puede argumentar transparencia por el hecho de informar en su declaración fiscal su participación en determinada sociedad offshore porque, repito, la utilización de ese instrumento societario constituye una maniobra ilegítima.

¿Qué sucede cuando un inversor, sea funcionario o no, localiza sus activos en una guarida fiscal para operar comercialmente en Argentina?

Sucede lo mismo. Sí el interés comercial está localizando en nuestro país, la operatoria comercial está regulada por las leyes de Argentina. Ahora, si un ciudadano argentino arma una sociedad offshore en Bahamas para facilitar la estructura contable de sus negocios en Colombia, esa persona deberá responder ante las autoridades del fisco colombiano.

El problema es que, en el cien por ciento de los casos, los fondos de inversión administrados por sociedades fiduciarias offshore operan de forma ilegítima y en claro propósito de evasión fiscal. La lógica es muy simple: una persona que radica sus activos en una jurisdicción extraterritorial de baja tributación busca eludir al fisco nacional.

Repito, las sociedades offshore, que solo tienen en común con las sociedades constituidas en el extranjero el hecho de haber sido creadas fuera del territorio de la Argentina; pero, absolutamente nada mas, han sido, en las últimas décadas, el instrumento de evasión y elusión de obligaciones tributarias, las derivadas del régimen sucesorio, los deberes de asistencia familiar, la división del patrimonio de la sociedad conyugal, la responsabilidad ante los acreedores, la manipulación de los procesos concursales y todo tipo de simulación y fraude a los derechos de terceros.

¿Qué debería hacer, entonces, la Inspección General de Justicia para monitorear la radicación de sociedades offshore?

Debería estar controlando que no prolifere esa práctica comercial. Días atrás, un bloque de Senadores (pertenecientes a Unidad Ciudadana) presentó en la Cámara Alta un proyecto de ley para prohibir a los funcionarios públicos la posibilidad de radicar sus activos en paraísos fiscales. Es una medida interesante para aplicar desde el Estado.

Y la Justicia, a contrapelo del gobierno nacional, está sancionando nulidad jurídica a la práctica de evasión que suele darse cuando los propietarios de grandes extensiones de tierra diseñan el armado de sociedades jurídicas en paraísos fiscales para ocultar su dominio rural. Antes, en siglo 19, las personas recurrían a testaferros para comprar campos. Era una operatoria más rudimentaria y simple pero de iguales fines a lo pretendido por un terrateniente cuando se dirige a las Islas Vírgenes Británicas para comprar unos papeles de fantasía con tal de no pagar impuestos u ocultar ante el Estado su propiedad rural.

Dicho de otra manera, para que se entienda, el armado de una sociedad offshore siempre es un ejercicio de simulación que se concreta de manera muy simple. Un ciudadano puede recurrir a una escribanía o estudio jurídico asentado en las jurisdicciones donde existe baja o nula tributación para comprar acciones al portador, luego abona una cuota anual a un profesional para que realice las actas contables necesarias, y con esa arquitectura ficticia contable puede actuar en Argentina. El problema es que el Estado no puede asumir que esa operatoria fue consumada por una sociedad radicada en el extranjero.

Usted desde la Inspección General de Justicia dispuso medidas, tildadas de poco amigables con el mercado por la prensa económica, para limitar el armado de sociedades offshore. ¿Esas resoluciones siguen vigentes?

Sí, absolutamente. Todas esas resoluciones fueron dictadas entre los años 2003 y 2005. Fuimos de menos a más. Recuerdo que aceleramos el cerco contra las sociedades offshore cuando en pleno escándalo por la tragedia de Cromañon (incendio en un local bailable con múltiples víctimas fatales) descubrimos que ese inmueble estaba a nombre de una SAFI (Sociedad Administradora de Fondos de Inversión) uruguaya. Ahí dijimos basta y prohibimos, totalmente, el registro de ese tipo de sociedades en Argentina.

Claro, las resoluciones siguen vigentes pero todo el armado jurídico cambió desde diciembre del 2015. ¿Qué hizo el gobierno? Creó un régimen de sociedades anónimas por acciones simplificadas, las famosas SAS, que permiten realizar el mismo ocultamiento de las offshore pero de forma local, sin necesidad de recurrir a una operatoria extraterritorial.

¿Dónde está ordenada esa información de las SAS a nivel estatal?

Eso está regulado por la última ley de emprendedores. La ley de apoyo al capital emprendedor, la ley 27349 del año 2017, tiene un capítulo donde específica que las SAS no obligan la inscripción de la titularidad en ningún registro público y, además, permite. que con un capital mínimo, inferior a los mil dólares, un empresario pueda acceder en 24 horas a un régimen de tributación especial porque para este gobierno “todos tenemos el ADN del emprendedorismo” y ese valor, según Cambiemos, hay que premiarlo. Recapitulando, el sofisticado armado offshore al que recurría una persona en una guarida fiscal hoy puede hacerse en Argentina pagando menos de veinte mil pesos y haciendo una sencilla operación por Internet.

¿Los grandes estudios jurídicos y contables argentinos juegan un rol clave en la elusión y evasión fiscal?

Sí, por supuesto. Pero, vuelvo al nuevo régimen de las SAS. Esa medida impulsada por el ministerio de Modernización con un halo, precisamente, modernista; en realidad, es una vieja pretensión de los sectores que reclamaban a la Inspección General de Justicia una figura jurídica más amigable para ocultar la titularidad en los negocios y la responsabilidad fiscal, ya sea de un patrón con sus trabajadores, o de un marido con su esposa en una situación de divorcio. Entonces, como el gobierno no puede tumbar la IGJ, que está regulada por la Ley Cafiero, la Casa Rosada se escudó en la excusa del emprendedorismo para otorgar el favor de las offshore a los grandes actores económicos.

Retomo la pregunta sobre quiénes proveen el know how jurídico y contable a las grandes empresas para que puedan eludir impuestos.

Hay varios patrocinantes y proveedores de materia gris: los contadores y escribanos de los grandes estudios internacionales, el Colegio de Abogados de la calle Montevideo, la Academia Nacional de Derecho, la cúpula industrial de la UIA (Unión Industrial Argentina) que avala esas prácticas y, claro está, el pleno del gabinete nacional, que viene cerrando filas cada vez que un funcionario nacional aparece envuelto en un escándalo global por estar involucrado con guaridas fiscales.

¿La Inspección General de Justicia es un obstáculo para el esquema de negocios que impulsa el gobierno?

Claro, por ese motivo la administración nacional busca mudar la IGJ a la ciudad de Buenos Aires. Pretende “municipalizar” el organismo para aligerarlo; es decir, convertirlo en una ventana burocrática amiga de la elusión fiscal. Además, entiendo que el último mega-decretazo presidencial que reordena la administración estatal también va a alivianar el control público en el registro de sociedades comerciales. En conclusión, con el régimen de las SAS la Argentina va camino a convertirse en una nueva guarida fiscal.

(*) Fuente: Ses América Latina

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